CPIC

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Requisitos de matriculación

Las consultas sobre ambos trámites se deben realizar vía correo electrónico a sastara@cpic.org.ar o por teléfono al (11) 4334-0086 Int. 119.

Documentación a presentar

> Diploma original, el mismo queda en el Consejo para ser firmado por las autoridades y se entrega el día de la Jura. Debe estar legalizado. Para realizar la inscripción debe sacar un turno por la web del Consejo.

> Título Universitario de 2012 en adelante (remitirse a la Universidad emisora del Documento , la cual los remitirá a la Dirección Nacional de Gestión Universitaria).

> Fotocopia del diploma
> DNI original
> ​Adjuntar fotocopia del  DNI y Constancia de CUIT/CUIL

 ​Documentación opcional

A fin de agilizar futuras consultas sobre incumbencias y alcances profesionales, se sugiere entregar junto a la documentación solicitada para el trámite de matriculación una nota formal y firmada por el solicitante, indicando Plan de Estudio y Resolución en la que se explicitan alcances e incumbencias del título obtenido. Tal resolución deberá entregarse adjunta, y podrá ser solicitada tanto a la Institución de la cual se egresó como al Ministerio de Educación.​

Trámites​
El trámite es de carácter personal.

Aquellos que residen en el interior del país, ​deberán remitir vía correo postal a Alsina 424 1° Piso (1087), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la siguiente información:

> Fotocopia de título certificado ante escribano público
> ​Fotocopia de DNI certificado ante escribano público
> ​​Nota con datos personales​​

Asimismo, deberán enviar por correo electrónico a la Sra. Sandra Astara (sastara@cpic.org.ar) una foto digital de tipo carnet 3×3 en formato .jpg y la solicitud del pago ya que se realiza por Mercado Pago.  

Importe​

Para completar el proceso, se deberá abonar el Derecho de Inscripción y la matrícula del trimestre correspondiente. El derecho de inscripción es sin costo.

Están exentos del pago del derecho de inscripción y de matrícula  aquellos cuyo título haya sido expedido en un plazo no mayor a dos años. Asimismo, el segundo año sólo pagarán el 50% del valor de la matrícula. Pasados los dos años, deberán abonar los derechos de matrícula que correspondan*.​​ 

* Importe actual 2do. trimestre 2024: Matrícula Universitarios $ 22.000.-

El pago se puede realizar con tarjeta de débito/crédito Visa y Mastercard.

 Acto de Jura 

La Jura al Código de Ética Profesional  es parte obligatoria para completar el proceso de inscripción**. El Acto de Jura estará presidido por un Consejero y se realizará en una fecha a determinar por la Mesa Directiva o la Gerencia, que se comunicará oportunamente a los futuros matriculados.

En el Acto se entregará al nuevo matriculado:

> Credencial firmada por el Presidente 
> Copia digital o impresa de la Ley de Ejercicio Profesional, Código de Ética y demás normas legales que se dispongan
> Un certificado con cita de su matrícula, con firma original o fascímil del Presidente y Secretario del Consejo Directivo o sus alternos.
> Diploma original​


Documentación a presentar

> Diploma original, el mismo queda en el Consejo para ser firmado por las autoridades y se entrega el día de la Jura. Debe estar legalizado. Para realizar la inscripción debe sacar un turno por la web del Consejo.

> Título secundario o terciario de 2010 en adelante (Autoridad responsable: Dirección de Válidez Nacional de Títulos y Estudios, Montevideo 950 PB (C.A.B.A.).

> Fotocopia del diploma
> DNI original
> ​Adjuntar fotocopia del DNI​ y Constancia de CUIT/CUIL

 ​Documentación opcional

A fin de agilizar futuras consultas sobre incumbencias y alcances profesionales, se sugiere entregar junto a la documentación solicitada para el trámite de matriculación una nota formal y firmada por el solicitante, indicando Plan de Estudio y Resolución en la que se explicitan alcances e incumbencias del título obtenido. Tal resolución deberá entregarse adjunta, y podrá ser solicitada tanto a la Institución de la cual se egresó como al Ministerio de Educación.​

Trámites​
El trámite es de carácter personal.

Para aquellos que residen en el interior del país, ​deberán remitir vía correo postal a Alsina 424 1° Piso (1087), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la siguiente información:

> Fotocopia de título certificado ante escribano público
> ​Fotocopia de DNI certificado ante escribano público
> ​​Nota con datos personales

​Asimismo, deberán enviar por correo electrónico a la Sra. Sandra Astara (sastara@cpic.org.ar) una foto digital de tipo carné 3×3 en formato .jpg y la solicitud del pago ya que se realiza por Mercado Pago.

Importe​

Para completar el proceso, se deberá abonar el Derecho de Inscripción y la matrícula del trimestre correspondiente. El derecho de inscripción no tiene costo.

Están exentos del pago del derecho de inscripción y de matrícula  aquellos cuyo título haya sido expedido en un plazo no mayor a dos años. Asimismo, el segundo año sólo pagarán el 50% del valor de la matrícula. Pasados los dos años, deberán abonar los derechos de matrícula que correspondan*.​​

* Importe actual 2do. trimestre 2024: Matrícula Técnico $ 11.000.-

El pago se puede realizar con tarjeta de débito/crédito Visa y Mastercard.

 Acto de Jura

La Jura al Código de Ética Profesional  es parte obligatoria para completar el proceso de inscripción**. El Acto de Jura estará presidido por un Consejero y se realizará en una fecha a determinar por la Mesa Directiva o la Gerencia, que se comunicará oportunamente a los futuros matriculados.

En el Acto se entregará al nuevo matriculado:

> Credencial firmada por el Presidente
> Copia digital o impresa de la Ley de Ejercicio Profesional, Código de Ética y demás normas legales que se dispongan
> Un certificado con cita de su matrícula, con firma original o fascímil del Presidente y Secretario del Consejo Directivo o sus alternos.
> Diploma original​​


Información

1) Art. 10 Dto. Ley 6070/58 permite inscribir a matriculados con título extranjero en forma temporaria y con supervisión​.
Dice : “Art. 10 Dto. – No obstante lo dispuesto por el art. 1, inc. c), a requerimiento de empresas, firmas e instituciones particulares. Los Consejos Profesionales podrán autorizar la actuación de profesionales extranjeros contratados por aquellas que cumplan los requisitos de los incs. a) y b) del art. 6, pudiendo exigir, cuando lo consideren conveniente, que el contratado actúe junto a un profesional matriculado. Tales autorizaciones serán anotadas en un registro especial y comunicadas a la Junta Central.
La autorización será acordada por un período de tres años renovable por otros de igual duración. Al vencimiento del tercer período, los consejos podrán autorizar la habilitación permanente del interesado para continuar desempeñándose en la misma actividad.
Las transgresiones a esta disposición serán sancionadas con multa (art.28), aplicable a la empresa, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran los profesionales.”
 
2) Resolución conjunta Consejos Profesionales de Agrimensura, Ingeniería Aeronáutica y Espacial, Ingeniería Afronómica, Ingeniería Mecánica y Electricista, Ingeniería Naval, Ingeniería Química e Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación de fecha 14-09-1993 (Acta JC N° 601) luego ratificada por JC (y el resto de los Consejos que no la habián suscripto) mediante Resolución JC N° 2 de fecha 25-09-12, y luego complementada por Resolución JC N° 1 de fecha 26-03-2013​.
 

 Documentación a presentar

> Original del diploma o título debidamente legalizado, junto con una fotocopia de él, el currículum vitae y las funciones y tareas que irá a desarrollar el especialista.
> Contenido de cada asignatura que compone el programa de estudio certificado por las autoridades educacionales del país de origen, debidamente legalizados y traducidos.
> Lugar en que se desarrollará el trabajo
> ​Período de vigencia de la contratación
> ​Currículum vitae del profesional matriculado que podrá acompañar al profesional extranjero.
> Constancia de cumplimiento por parte del profesional extranjero de todo otro requisito que le se​a exigido al profesional nacional en la República Argentina.
> DNI de ambos lados
> Foto 1

​​​Documentación opcional

> Toda otra documentación que la empresa, firma o institución considere útil para la evaluación.
> El CPIC podrá dar por cumplido los requisitos (a) y (b) si el profesional es de reconocida trayectoria internacional.
> La presentación será hecha con un anticipación de no menos de 60 días a la fecha en que comience las tareas con excepción de los casos de urgencia, que únicamente pueden ser para habilitarlos por una semana sin posibilidad de prórroga.

Importe​

Para completar el proceso, se deberá abonar el Derecho de Inscripción y la matrícula del trimestre correspondiente.

El derecho de inscripción, tiene un valor ​​​de $ 4.05​0.-

​Matrícula Universitarios $ 6.800.-

Constancia de insc​ripción en trámite: $ 2.000-

Procedimiento

 El CPIC estudiará el perfil del profesional requerido en relación a la tarea o función propuesta y analizará la existencia dentro de la matrícula de profesional que cubran con dicho perfil. Si verificare su existencia, podrá comunicar a la empresa, firma o institución dicha situación para que ésta proporcione de juicio que demuestren la necesidad o conveniencia de la actuación del profesional en cuestión.

El CPIC por resolución fundada, autorizará o denegará al registro temporario del profesional extranjero especialista. En caso de autorización, ésta lo será para la función o tarea y por el tiempo específicamente previsto y su efectividad quedará suspendida a:​

a) La inscripción del profesional en un registro especial (que el CPIC ya tiene abierto por Resolución 71 del 31-07-2008). El CPIC es quien define el plazo máximo de la inscripción que no puede ser mayor a 3 años.

b) La presentación del profesional extranjero de una declaración jurada en la que se asegure haber dado cumplimiento a todos los requerimientos establecidos por la legislación que le sean aplicables, que no ha sido sancionado y que se compromete a actuar en la jurisdicción argentina exclusivamente en las funciones y tareas establecidas y bajo el Código de Ética Profesional.

c) La presentación por parte de la empresa, firma o institución en la que se asegure que se compromete a requerir al especialista exclusivamente para las funciones y tareas especificadas.

d) El pago del derecho de inscripción y el derecho anual.

El incumplimiento de alguna de las exigencias enunciadas da origen a la caducidad de la habilitación temporaria.

El CPIC luego de emitir la Resolución debe emitir copia de la misma a la JC para que ésta lo registre en su registro propio y la ratifique.

Si el profesional por cualquier motivo cesare en su actividad que había sido autorizada temporalmente deberá informar al CPIC y devolver la matrícula otorgada.​

La homologación de títulos extranjeros universitarios implica el reconocimiento de la equivalencia del mismo respecto a un determinado título oficial argentino vigente y con validez en todo territorio nacional. Por este medio se efectúa la habilitación de actividades profesionales inherentes al título argentino de referencia.

Homologación convalidación y reválida

Los convenios de “reciprocidad mutua” y “por reválida interistitucional” particulares entre Argentina y otro país específico otorgan el mismo derecho para los títulos argentinos en el extranjero que para títulos extranjeros en Argentina:

Acuerdo de reconocimiento mutuo de títulos por convalidación vigentes

Acuerdo de reconocimiento mutuo de títulos por convalidación pendientes de aprobación

Acuerdos por reválida interinstitucional

Existe otro tipo de opción para ejercer profesionalmente en Argentina en forma temporal:

Habilitación temporal de títulos extranjeros

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