La Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) del GCBA recuerda que a partir de enero de 2025 se debe ejecutar la renovación anual del registro de las empresas demoledoras y excavadoras.
La Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de la Agencia Gubernamental de Control del GCBA invita a las empresas demoledoras y excavadoras a mantener su registro actualizado como requisito condicionante para operar en la Ciudad de Buenos Aires.
Además, informa que, a partir de enero de 2025, será obligatorio que toda empresa, persona jurídica y/o humana que se desempeñe como constructora en obras Medias y Mayores se encuentre inscripta en el nuevo Registro de Empresas Constructoras. Esta medida fue establecida en el Reglamento Técnico de Registro de Profesionales y Empresas, RT-020201-010100-02, V03.
La inscripción será completamente online a través del portal web de la AGC y se deberá presentar la siguiente documentación:
- Nombre completo o Razón Social de la empresa solicitante, sea Persona Humana o Persona Jurídica.
- Dirección de correo electrónico para intercambio de información referida al trámite.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) en caso de tratarse de Persona Humana, o del Representante Legal si fuera Persona Jurídica.
- Copia del Estatuto Social y del Acta de designación de autoridades, para el caso de Personas Jurídicas.
- Domicilio real con certificación expedida por la autoridad policial competente.
- Domicilio constituido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Constancia de inscripción en la AFIP actualizada que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.
- Constancia de inscripción en Ingresos Brutos actualizada que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.
- Constancia de inscripción en el IERIC anual vigente (Instituto de Estadísticas y Registro de la Industria de la Construcción).
- Póliza de la compañía Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) actualizada y vigente que incluya las actividades declaradas en la inscripción al registro.
- Constancia de pago anual de la tasa de la matrícula de inscripción en el Registro de Empresas Demoledoras, Excavadoras y/o Constructoras.
- Encomienda profesional del Representante Técnico certificada por el respectivo Consejo Profesional.
- Certificado profesional de matrícula vigente de su respectivo Consejo Profesional, emitido desde el sistema web.
- Formulario de registro emitido desde el sistema web, firmado por la empresa y el Representante Técnico.
- Formulario de Declaración Jurada completo y suscripto por la Empresa y el Representante Técnico donde se informa poseer los medios técnicos y humanos necesarios para realizar las actividades encomendadas en condiciones de total seguridad y cumplimiento de la normativa vigente.
Para más información, se puede consultar el Reglamento Técnico del Registro de Constructores. El mismo puede consultarse aquí