La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que cumpla una serie de medidas que tienen por objetivo garantizar la protección de los inmuebles construidos antes de 1941. En el fallo, además, instaron al Ejecutivo comunal a llevar a cabo un relevamiento del valor patrimonial de esas edificaciones que, de acuerdo a estimaciones oficiales, ascienden a 134.000.
El Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires 10, a cargo de Aurelio Ammirato, exigió a las autoridades de la CABA de “abstenerse de autorizar demoliciones, reformas o ampliaciones” que alcancen a las construcciones contempladas en la medida establecida. De esta manera, el dictamen dio lugar, parcialmente, a un amparo presentado en 2011 por distintas organizaciones que trabajan en la defensa del patrimonio histórico urbano, entre ellas, el Observatorio del Derecho a la Ciudad, Basta de Demoler, Fundación Ciudad, y SOS Caballito, y que cuentan con el patrocinio de Jonatan Baldiviezo y María Carmen Usandivaras. Las organizaciones buscaron que la gestión local cumpla con la ley 2548 que fijaba como plazo máximo al 31 de diciembre de 2011 para la confección de un catálogo completo de los inmuebles, cuya fecha de construcción data de antes de 1941.
No obstante, el relevamiento no se realizó, más allá de la presentación de un registro de propiedades de las Comunas 1 y 2 -que abarcan los barrios de Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, San Telmo, Montserrat, Constitución y Recoleta, a cargo de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires.
En octubre de 2014, la Legislatura porteña aprobó la protección de esos 1.700 inmuebles, que representarían alrededor del 1,2% de los existentes, si se considera que el total de los inmuebles anteriores a 1941 ronda los 134.000.
En ese marco, el fallo judicial ordenó al Gobierno porteño “completar el catálogo definitivo con el relevamiento de la totalidad de los inmuebles de propiedad pública o privada emplazados dentro del territorio de la Ciudad, cuyos planos hayan sido registrados antes del 31 de diciembre de 1941”. Además, exhortó a “culminar, a través del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, la evaluación del valor patrimonial de tales inmuebles”, así como “implementar la protección adecuada y oportuna de aquellos inmuebles que presenten valor patrimonial de acuerdo al resultado de su evaluación”.
Fuente: INFOBAE.