El Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), de jurisdicción nacional y de la ciudad de Buenos Aires, comunica las últimas normativas de interés para su matrícula.
Resolución N° 37/SSGDU/25 – Simplificación de trámites de localización de usos
La Subsecretaría de Gestión del Desarrollo Urbano, mediante la Resolución N° 37/SSGDU/25, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el 3 de septiembre de 2025, establece que los trámites de localización de usos que cumplan las condiciones del Anexo I no requerirán la intervención de la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) para obtener la habilitación económica.
Puntos principales:
- Se enmarca en el art. 9.1.3.2 “Protección Especial” del Código Urbanístico.
- Deroga las Resoluciones N° 26-SSGU/24 y 27-SSGU/24.
- Busca agilizar la gestión de habilitaciones económicas en edificios con determinados usos.
Condiciones del Anexo I:
Aplica a unidades internas de edificios destinados a:
- Mercados, patios y paseos gastronómicos
- Galerías y centros comerciales
- Estaciones intermedias o terminales de transporte
- Centros logísticos
- Hoteles industriales
Requisitos:
- El edificio debe contar con habilitación vigente para su destino principal.
- Los nuevos usos deben estar admitidos en el Código Urbanístico y en la zona donde se emplazan.
- Las unidades deben estar registradas en planos de obra o mensura.
- En inmuebles con protección patrimonial, no debe haber intervenciones no autorizadas ni publicidad sin visado.
- Los nuevos usos no deben generar demandas adicionales de estacionamiento ni carga/descarga.
Resolución:
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MJGGC-SSGDU-37-25-7196.pdf
Anexo:
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-RES-MJGGC-SSGDU-37-25-ANX.pdf
Disposición N° 1317/DGIUR/25 – Autorización simplificada para usos en inmuebles catalogados
La Disposición N° 1317/DGIUR/25, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el 4 de septiembre de 2025, establece un régimen de autorización simplificada para la localización de usos en inmuebles incluidos en el Listado de Inmuebles Catalogados del Código Urbanístico o en el Catálogo Preventivo.
Contenido principal:
- Las solicitudes que cumplan con las condiciones del Anexo I podrán tramitarse de manera ágil.
- Estos usos quedan exceptuados de proveer estacionamiento, espacios de carga y descarga y áreas de ascenso/descenso, siempre que se ajusten a las condiciones del Anexo II.
Anexo I – Condiciones de autorización simplificada:
- Compatibilidad con el Código Urbanístico.
- Conservación del valor y las características patrimoniales del inmueble.
- Cumplimiento de requisitos mínimos de seguridad, higiene y funcionamiento.
- No generar impactos urbanos negativos.
Anexo II – Excepciones a requerimientos:
Los inmuebles catalogados que cumplan con el Anexo I podrán ser exceptuados de:
- Estacionamiento vehicular.
- Espacios de carga y descarga.
- Áreas de ascenso y descenso.
Disposición:
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DIS-MJGGC-DGIUR-1317-25-7197.pdf
Anexo I:
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DIS-MJGGC-DGIUR-1317-25-ANX.pdf
Anexo II:
https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/PE-DIS-MJGGC-DGIUR-1317-25-ANX-1.pdf