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Gestiones

Gestiones CPIC: Habilitación en alquileres temporarios

El Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) pone en conocimiento de su matrícula los avances alcanzados en las gestiones realizadas ante el Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires (ENTUR) para ampliar el reconocimiento de las incumbencias profesionales en los trámites vinculados a los alquileres temporarios turísticos. La iniciativa surgió a partir de consultas de la matrícula, que advirtió la exclusión de ingenieros civiles como así también los Maestro Mayor de Obras en los modelos de declaración jurada exigidos para constancias técnica sobre red de electricidad, pese a contar con incumbencias habilitantes. En respuesta, el CPIC elevó una presentación formal detallando el marco legal y las incumbencias profesionales correspondientes, y solicitó la revisión de los requisitos vigentes. En este contexto, el 4 de diciembre de 2025 se realizó una reunión virtual entre equipos técnicos del CPIC y del ENTUR, donde se analizó la adecuación de la Resolución 8/2025 y de los formularios asociados, con el objetivo de incorporar explícitamente a la matrícula del CPIC —junto con otros consejos profesionales— entre los habilitados para suscribir las constancias técnicas requeridas. Como resultado, el ENTUR informó que se encuentra trabajando en una modificación que permitirá incluir a los/as profesionales matriculados/as en el CPIC para emitir constancias técnicas sobre red de electricidad de los inmuebles destinados a alquiler temporario en la Ciudad. El Consejo continuará el seguimiento hasta su efectiva implementación, reafirmando su compromiso con la defensa de las incumbencias y el pleno ejercicio profesional de la ingeniería civil. Ingresar aquí para ver las notas correspondientes.

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Gestiones ante la AGC por montacargas

El Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC) informa que elevó a la Agencia Gubernamental de Control (AGC), dependiente del gobierno de la ciudad de Buenos Aires, una solicitud formal para revisar y actualizar aspectos del Reglamento Técnico “Declaración de inicio, avance y finalización de obra” (RT-020119-010400-00, V04), particularmente en lo referido a la instalación y operación de guinches y montacargas en obras dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En la nota enviada al director ejecutivo de la AGC, Lic. Matías Lanusse, el CPIC expuso que la normativa vigente obliga al Director de Obra, al responsable de Higiene y Seguridad y al Representante Técnico de la empresa constructora a suscribir las declaraciones juradas correspondientes a la instalación y funcionamiento de estos equipos. Sin embargo, el Consejo advierte que esta exigencia atribuye responsabilidades técnicas que exceden las incumbencias profesionales de dichos actores. El organismo sostiene que la operación, habilitación y mantenimiento de guinches y montacargas debe permanecer a cargo de un profesional con título habilitante y matrícula vigente, que actúe como representante técnico de la empresa proveedora del equipo. Esto es indispensable para garantizar controles permanentes, pruebas de carga, ensayos no destructivos, verificación de sistemas de seguridad y el correspondiente legajo técnico. Desde el CPIC se remarca que no todos los profesionales intervinientes en obra poseen las incumbencias necesarias para asegurar el cumplimiento del artículo 4.4.2 del Código de Edificación de la ciudad de Buenos Aires, lo cual genera situaciones de responsabilidad legal inapropiadas y no ajustadas a la realidad operativa de las obras. Por estos motivos, el CPIC solicitó mediante la misiva que el Reglamento Técnico sea modificado para adecuarse a las prácticas reales de obra y reforzar las condiciones de seguridad para el adecuado resguardo de trabajadores y habitantes de la Ciudad. Finalmente, las autoridades del CPIC —el Ing. José María Girod, presidente, y el Ing. Ignacio L. Vilaseca, secretario— manifestaron su disposición para continuar trabajando junto a la AGC en la revisión de la normativa y en la búsqueda de soluciones que fortalezcan la seguridad y la calidad profesional en la actividad constructiva. Acceso a la nota remitida, click aquí.

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