CPIC

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CONSEJO . Misión y Visión

Misión

El Consejo Profesional de Ingeniería Civil es una institución pública de jurisdicción nacional, creada por ley, con responsabilidad social.

Su misión es promover y velar por el ejercicio profesional responsable, con un marco ético, en beneficio del interés público; administrando la matriculación obligatoria de graduados universitarios y técnicos, ejerciendo atribuciones públicas destinadas al mejoramiento del ejercicio profesional y propendiendo a una mayor protección de la sociedad en el ámbito de sus competencias.

Visión

En el marco de la Misión Institucional, el Consejo se propone afianzar su posición como referente clave y reconocido socialmente en lo que se refiere a temas de su competencia profesional.
 

Para ello atenderá prioritariamente:

  • Reforzar los vínculos con instituciones de la ingeniería a nivel nacional e internacional.
  • Incidir institucionalmente en los ámbitos académicos, los político-institucionales y la sociedad en general, para que la opinión de la ingeniería sea tenida en cuenta en la toma de decisiones estratégicas.
  • Mejorar la comunicación, promover la participación y ampliar los servicios a los matriculados.

Más alcances de nuestra Visión​

Las siguientes políticas y acciones institucionales completan la Visión institucional con un horizonte estratégico de mediano plazo:

  • Trascender los límites nacionales, favoreciendo la movilidad profesional, el intercambio tecnológico, la exportación de servicios, la búsqueda de consensos sobre el ejercicio profesional y potenciar acuerdos proactivos
  • Promover la planificación, el desarrollo y el mantenimiento global de la Infraestructura
  • Combatir la corrupción y fomentar prácticas de transparencias en los ámbitos en que actúan los matriculados y en los espacios de participación institucional
  • Participar en el diseño de políticas públicas
  • Promover la revisión y mejora de la legislación, normativa y reglamentos técnicos vigentes e impulsar nuevos cuando sea necesario
  • Superar la transitoriedad de la jurisdicción local en el ámbito de la Ciudad de Bs. As. y consolidar la actuación del Consejo Profesional (cláusula transitoria 18 const. CABA) en las jurisdicciones prescriptas por la ley
  • Favorecer la comunicación e interacción con los establecimientos educacionales se considera de vital importancia para el apoyo, la generación de beneficios y las oportunidades de desarrollo e investigación en las áreas de su competencia
  • Defender y propiciar la sostenibilidad ambiental
  • Otorgar la máxima importancia a la seguridad, salud y bienestar del público y a las condiciones laborales de los trabajadores
  • Promover la vocación profesional por la ingeniería civil y las tecnicaturas afines
  • Jerarquizar la profesión procurando la dignificación laboral de los matriculados y promover una regulación de honorarios adecuada a su actividad

​* El CPIC lleva a cabo sus acciones a través de personal seleccionado y altamente capacitado que asegura un funcionamiento eficiente. Es política institucional propender al desarrollo personal de sus colaboradores, mantener un apropiado clima laboral, generar espacios de capacitación y atender los requerimientos que coadyuven a concretar tales condiciones.

** Es recomendable y así se decide realizar una revisión periódica de la Visión que orienta y define a ésta organización a los fines de mantener su espíritu y la vigencia de sus objetivos.​

*** Visión y Misión aprobadas en Acta 1420 – Sesión 29/09/2011

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