INSTITUCIONAL . Historia del CPIC
Consejo Profesional de Ingeniería Civil
Creación y régimen normativo
El Consejo Profesional de Ingeniería Civil (en adelante “CPIC”) es una persona jurídica pública no estatal, que tiene la policía profesional para Ingenieros Civiles y afines, y Técnicos y afines en la jurisdicción federal y territorios nacionales, así como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Mediante Decreto Ley N° 17.946[1] de fecha 7 de julio de 1944 (B.O. 20-07-1944) se reglamentó el ejercicio de las profesiones de arquitectos, agrimensores e ingenieros en la Capital Federal y en los territorios nacionales.
El Artículo 13 de dicho Decreto Ley creó los Consejos Profesionales de agrimensores, arquitectos e ingenieros, constituidos por especialidad e independientes entre sí. Luego el Artículo 21 del mismo Decreto Ley dispuso que el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Obras Públicas de la Nación constituiría, por primera vez, los Consejos Profesionales creados por ese decreto.
Posteriormente, el Artículo 1° del Decreto del Poder Ejecutivo N° 21.803 de fecha 18 de agosto de 1944 constituyó, entre otros, el Consejo Profesional de Ingeniería Civil en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 21 del Decreto Ley N° 17.946/1944. El Artículo 2° de dicho Decreto ordenó que los Consejos creados se ajusten en un todo a las disposiciones del Decreto Ley N° 17.946/1944.
Luego mediante el Decreto Ley N° 6.070[2] de fecha 25 de abril de 1958 (B.O. 9-05-1958) sustituyó el Decreto Ley N° 17.946/1944, aunque mantuvo a los Consejos Profesionales creados al amparo de tal normativa, ordenándoles por Artículo 42 convocar “…a elecciones de renovación de la totalidad de sus miembros, dentro de los ciento ochenta días de la promulgación de esta ley”. Este Decreto Ley es luego ratificado por la Ley N° 14.467[3], de fecha 5 de septiembre de 1958 y modificado por otras normas que no alteran sustancialmente las facultades de los Consejos Profesionales creados anteriormente.
Vale citar el Artículo 38 del Decreto Ley N° 6.070, que dice que “Los Consejos Profesionales y la Junta Central tienen la capacidad de las personas jurídicas de derecho privado y pueden ejercer todos los actos de administración y disposición que fuesen necesarios al desempeño de su cometido, inclusive la adquisición y transferencia de inmuebles, y la constitución de derechos reales sobre ellos”. Mientras que el Artículo 1° establece que Artículo 1º “El ejercicio de la Agrimensura, la Agronomía, la Arquitectura y la Ingeniería, en jurisdicción nacional o ante autoridades o tribunales nacionales, queda sujeto a las determinaciones de la presente ley, sus disposiciones complementarias y las normas de ética profesional”.
Luego por Decreto N° 2.148[4] de fecha 13 de julio de 1984 se consideró actividades afines con las profesiones reglamentadas por el Decreto Ley 6.070/1958 (ratificado por Ley 14.467) las que guarden relación con éstas y que sean de competencia de la actividad de técnico.
En el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vale recordar que la Constitución CABA del 1° de octubre de 1996 (B.O. CABA del 10-10-1966), en su Artículo 80, inciso 2, punto d) dice que la Legislatura de la Ciudad legisla sobre el ejercicio profesional en su territorio. Sin embargo, la Cláusula Transitoria Decimoctava establece que “El control de la matrícula y el ejercicio del poder disciplinario de las profesiones liberales, continuará siendo ejercido por los Colegios y Consejos creados por ley de la Nación hasta que la ciudad legisle sobre el particular”, situación esta última que no ha sucedido hasta la fecha.
[1]http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do;jsessionid=21E87CE60858E919A63A313D8FFA0CFB?id=294963, consultado el 20-08-2019.
[2] http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=39013, consultado el 20-08-2019.
[3] http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=181278, consultado el 20-08-2019.
[4] http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=28190, consultado el 20-08-2019.
Funciones
Entre las funciones más importantes que desarrolla el Consejo se encuentran:
- Promover y velar por el Ejercicio Profesional responsable, de acuerdo al Código de Ética y en beneficio del interés público
- Representar y defender los intereses de sus matriculados ante instituciones relacionadas a la Ingeniería a nivel local, nacional e internacional
- Fomentar la actualización profesional permanente de sus matriculados mediante la generación de capacitaciones
- Recibir e iniciar causas de Ética a sus matriculados
- Regular la matrícula y certificar encomiendas profesionales
- Promover la participación y ampliar los servicios a los matriculados
- Promover la vocación profesional por la Ingeniería Civil y disciplinas vinculadas
- En consecuencia, el 7 de julio de 1944 se crea el CPIC, registrándose la primera Acta del Consejo el 29 de agosto de 1944 y la primera Asamblea un año más tarde, el 27 de agosto del 1945, de la cual participaron el Ing. Civil Jorge William Dobranich en su condición de Presidente junto a otros 28 Ingenieros. Entre ellos, se encontraba el Ing. Civil Luis A. Huergo, primer Ingeniero recibido en el país y por el que se conmemora el Día Nacional de la Ingeniería. Por ese entonces, la sede del Consejo estaba ubicada en la calle Cerrito 1250, donde hoy se encuentra el Centro Argentino de Ingenieros -CAI-.
- En el año 1984, mediante el Decreto 2148/84, el Presidente Dr. Raúl Alfonsín incorporó a los profesionales técnicos con actividad afín a la Ingeniería Civil como parte de los matriculados del Consejo.
- La creación de los Consejos Profesionales constituye uno de los primeros casos de desregulación económica y desestatización, dado que estos organismos no reciben aportes del Estado y sus autoridades son elegidas por sus matriculados mediante la celebración de elecciones libres.
Algunos cambios a través del tiempo
- Designación de dos miembros de la Asamblea para que firmen el Acta.
- Escrutinio: si se residía a menos de 60 km. de la Capital se debía votar personalmente.
- Existencia de la Junta Escrutadota.
- Dispersión de votos: se propone que se establezca el sistema listas oficiales.
- Incorporación de los técnicos cuya actividad es afín a la Ingeniería Civil, por Decreto N° 2148/84 .
- Incorporación del voto electrónico mediante el sistema E-Voting para las elecciones de autoridades del CPIC desde el año 2019.
- Implementación del sistema Sign Box que le permite a todos los matriculados del CPIC realizar sus trámites de encomiendas y CVA-CPIC de forma electrónica y sin necesidad de presentarse en las oficinas del CPIC.
- El CPIC cuenta, desde el año 2020, con el Certificado de Sistema de Gestión de Calidad de acuerdo la Norma NBR ISO 9001: 2015.
- Creación de la Maestría en Planificación y Gestión de la Ingeniería Urbana, es dictada desde el año 2013, con el auspicio del Consejo Profesional de Ingeniería Civil (CPIC), y acreditada ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
Listado de Presidentes
1944-1945 | Ingeniero Civil Jorge William Dobranich |
1945-1947 | Ingeniero Civil Angel Figini |
1947-1949 | Ingeniero Civil Roberto Gorostiaga |
1949-1953 | Ingeniero Civil Belisario Álvarez de Toledo |
1953-1957 | Ingeniero Civil Edmundo Parodi |
1957-1960 | Ingeniero Civil Jorge Cordeyro Echagüe |
1960-1962 | Ingeniero Civil Francisco de la Puente |
1962-1966 | Ingeniero Civil Guido Constantino Belzoni |
1966-1968 | Ingeniero Civil Juan Alberto García Espil |
1968-1970 | Ingeniero Civil Julio Vela Huergo |
1970-1972 | Ingeniero Civil Jorge Silvio Gaspar Sciammarella |
1972-1976 | Ingeniero Civil Luis Perri |
1976-1977 | Ingeniero Civil Bernardo Polack |
1978-1980 | Ingeniero Civil Roberto Pedro Echarte |
1980-1984 | Ingeniero Civil Jorge Silvio Gaspar Sciammarella |
1984-1986 | Ingeniero Civil Tomás Gervasio Juan OReilly |
1986-1988 | Ingeniero Civil Aarón Warszawski |
1988-1990 | Ingeniero Civil Héctor Raúl Rodríguez |
1990-1992 | Ingeniero Civil José Daniel Cancelleri |
1992-1994 | Ingeniero Civil Julio Gonzalo Bustamante |
1994-1996 | Ingeniero Civil Guillermo Peral |
1996-1997 | Ingeniero Civil Humberto Víctor Balzi |
1997-1998 | Ingeniero Civil Francisco Dionisio Maioli |
1998-2000 | Ingeniero Civil Héctor Raúl Rodríguez |
2000-2002 | Ingeniero Civil José Pablo Chelmicki |
2002-2004 | Ingeniero Civil Jorge David Kornitz |
2004-2006 | Ingeniero Civil Hugo Alberto Chevez |
2006-2008 | Ingeniero Civil Norberto Walter Pazos |
2008-2010 | Ingeniero Civil Luis Enrique José Perri |
2010-2012 | Ingeniero Civil Norberto Walter Pazos |
2012-2014 | Ingeniero Civil Mario F. Pataro |
2014-2016 | Ingeniero Civil Jorge E. Abramian |
2016-2018 | Ingeniero Civil Roberto J. Policichio |
2018-2020 | Ingeniero Civil Enrique A. Sgrelli |
2020-2022 | Ingeniero Civil Adrián Comelli |
2022-2024 | Ingeniero Civil Luis Enrique José Perri |
2024 | Ingeniero Civil José María Girod |